Table of Contents
El Senado de la República recibió una iniciativa con proyecto de decreto de la presidenta de México, Claudia Sheinbaum Pardo para prohibir la reelección consecutiva de gobernantes, diputaciones y senadurías, a partir de 2030, y el nepotismo electoral, a partir de 2027.
En su última gira por Guerrero, la presidenta Sheinbaum dijo que la ley contra el nepotismo entraría en vigor a partir del 2030, esto ante la pregunta de una reportera en una mañanera realizada en Acapulco.
De aprobarse, esta prohibición sería aplicable desde los procesos electorales de 2027, afectando casos como el del senador Félix Salgado Macedonio, quien ha manifestado interés en competir por la gubernatura de Guerrero en ese año; aunque hace un par de días declaró a medios nacionales que votaría a favor de la iniciativa y aclaró que él nunca dijo que buscaría la candidatura en el 2027, y que, incluso podría esperarse para el 2033.
La prohibición del nepotismo electoral entrará en vigor en los procesos electorales de 2027, mientras que la prohibición de la reelección será aplicable a partir de 2030.
El Senado de la República recibió una iniciativa con proyecto de decreto de la presidenta de México, Claudia Sheinbaum Pardo, para prohibir la reelección consecutiva de gobernantes, diputaciones y senadurías, a partir de 2030, y el nepotismo electoral, a partir de 2027.
La iniciativa propone reformar los artículos 55 (fracción VIII), 82 (fracción VIII), 115 (fracción I, párrafos primero y segundo), 116 (párrafo segundo, fracciones I y II), y 122 (Apartado A, fracciones II, III y VI) de la Constitución Política, con el objetivo de eliminar la reelección inmediata y prohibir el nepotismo en cargos de elección popular.
En materia de reelección, la prohibición establece que las personas que ejerzan cargos de elección popular no podrán postularse para el mismo cargo en el período inmediato posterior, aplicable a partir de los procesos electorales federales y locales de 2030.
Quienes ocupen dichos cargos en ese año no podrán buscar la reelección. La iniciativa argumenta que esta medida no restringe el derecho humano a ser votado, citando jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, aunque grupos opositores señalan la ironía de usar dichos argumentos tras años de tensiones con ese organismo.
En materia de nepotismo electoral, se prohíbe postularse a cargos públicos a personas con vínculos familiares o de pareja (hasta cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad) con quien ejerza o haya ejercido el mismo cargo en los tres años previos a la elección.
Las disposiciones transitorias establecen que las reformas contra el nepotismo (artículos 55, 82, 115, 116 y 122) entrarán en vigor en 2027, mientras que las reformas contra la reelección (artículos 59, 115, 116 y 122) aplicarán desde 2030.
La Federación, entidades federativas y la Ciudad de México deberán ajustar sus constituciones y leyes en un plazo de 180 días naturales tras la publicación del decreto en el Diario Oficial de la Federación.
El documento enfatiza que el nepotismo electoral, considerado una forma de corrupción, debilita la confianza en las instituciones y genera desigualdades.