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La Asociación Nacional de Magistrados de Circuito y Jueces de Distrito del Poder Judicial de la Federación (Jufed), dijo que el Instituto Nacional Electoral (INE) omite tomar en cuenta que en el juicio de amparo indirecto 1251/2024, del índice del Juzgado Quinto de Distrito en Morelos, con residencia en Cuernavaca, se otorgó la suspensión del acto reclamado, consistente en la reforma judicial.
Por tal razón la Jufed solicitó al INE cumplir con la suspensión decretada por los juzgadores federales, hasta que se determine su validez en sede jurisdiccional.
Pidió que se deje sin efecto la asamblea encaminada a discutir la aprobación del Proyecto de Acuerdo del Consejo General del INE por el que se emite la declaratoria de inicio del Proceso Electoral Extraordinario 2024-2025.
Y es que el INE inició el proceso electivo extraordinario del PJF en el marco de los primeros comicios de ministros, jueces y magistrados, los cuales se efectuarán el 2 de junio del 2025.
El juicio de amparo concedido, refiere que si a los quejosos se les pretende cesar de sus cargos de jueces federales sin derecho de audiencia y sin derecho a indemnización alguna, bastando para ello reformar el texto de la Constitución, es claro que la suspensión debe otorgarse para efecto de que el acto que reclaman no se formalice en la norma suprema, pues de hacerse cabría la posibilidad de ser inatacable.
Para efecto de cumplir con la suspensión a todas las autoridades que participan en la continuación del proceso de aprobación de la iniciativa de reforma.
Lo anterior tiene sustento por similitud de razón en el precedente del amparo en revisión 307/2016, de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, conocido como caso Laguna de Carpintero. (Con información de El Universal)