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Esta es la razón por la cual un juez decidió liberar a ‘Don Rodo’, hermano de ‘El Mencho’

Oceguera fue imputado por los delitos de portación de arman de fuego de uso exclusivo del Ejercito, Armada y Fuerza Aérea, así como contra la salud en su modalidad de posesión de fentanilo.

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México.- Un juez determinó la liberación con base a videos “posiblemente editados a conveniencia”, justificó posteriormente el subsecretario de Seguridad Pública, Luis Rodríguez Bucio.

Con base en tres videos presentados por la defensa “dos horas antes del inicio de la audiencia de continuación”, el Juez Díaz Villareal, decretó no vincularlo a proceso, señaló la SSPC este martes durante la conferencia de prensa matutina del presidente Andrés Manuel López Obrador.

Oceguera fue imputado por los delitos de portación de arman de fuego de uso exclusivo del Ejercito, Armada y Fuerza Aérea, así como contra la salud en su modalidad de posesión de fentanilo y cocaína con fines de comercio en su variante de venta.

El juzgador consideró inverosímil que una persona de 71 años se encontrara a las 3:48 horas altamente armado y con más de 2 mil pastillas de fentanilo y 38 gramos cocaína.

Según la SSPC, el juez consideró que si fuera una persona que vendiera estupefacientes las tendría en su casa y no en su cuerpo.

El impartidor de justicia estimó que el hermano de El Mencho no estaba en condiciones de cargar un arma larga por su salud, “basándose en una simple opinión del médico que ofreció el detenido como testigo y no a través de un dictamen pericia’ imparcial”, advirtió la SSPC.

“Sin embargo, el propio medico, ante los cuestionamientos del MP, refirió sí podía cargar hasta 5 kilogramos”, argumentó la secretaría de seguridad.

Además, el Juez de Control adscrito al Centro de Justicia Penal Federal en el Estado de México, con sede en Almoloya de Juárez (Altiplano), también concluyó que existió una variación de hechos entre lo manifestado en el IPH y los videos aportados por la defensa.

“A pesar de que estos estaban segmentados y muy posiblemente editados a conveniencia”, acusó Bucio este martes.

El juzgador también refirió que en los videos no se advierte la posibilidad de que el detenido haya podido correr hacia el domicilio, en atención a sus condiciones físicas y de salud.

Igualmente, consideró que en los videos tampoco se desprende que Abraham “N” estuviera armado afuera de su casa y por el contrario, sí se aprecia cuando los elementos de la GN lo sacan de la misma.

“Esto es así, ya que el video presentado únicamente contempla los 15 segundos previos al ingreso de la GN al domicilio”, aclaró Bucio.

Finalmente, el juez aceptó como válidos los videos sin tomar en cuenta que el perito en informática, ofrecido por la defensa, admitió que los videos podían estar editados o modificados al no contener el código que, en todo caso, revelarla si fueron o no manipulados previamente, concluyó la SSPC.

Por lo tanto, el subsecretario adelantó que la Fiscalía General de la República (FGR) presentará recurso de apelación contra esta determinación.

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