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Elección de juzgadores 2025; una disputa sin arbitraje; la SCJN quedó degradada

La presidenta y los jefes de las cámaras de diputados y senadores dicen que los los amparos contra la reforma judicial no tienen validez.

Amparos contra la reforma son improcedentes, dicen.

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La presidenta Claudia Sheinbaum que el amparo contra la suspensión al proceso de la elección judicial otorgada el martes, es una violación a la resolución de la Sala Superior del Tribunal Superior de la Federación, en la que destacaron que los amparos, en materia electoral no eran procedentes.

En su conferencia de prensa mañanera dijo que, según la consulta que hizo al ex ministro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, Arturo Zaldívar, ambos coincidieron en que estos recursos contra la elección que determinará a jueces, magistrados y ministros, no son procedentes y no cuentan con ninguna validez.

El TEPJF ya había hecho una resolución en el sentido de que esos amparos no tenían ninguna validez porque estaban dentro del terreno electoral, entonces el amparo no es procedente. La Corte no tendría que resolver ante este amparo.

La mandataria aprovechó para informar que, en estos momentos, el Comité de Evaluación del Poder Ejecutivo para la Elección Extraordinaria de personas juzgadoras está funcionando con únicamente cuatro de sus miembros, ya que el abogado Javier Quijano Baz ha presentado problemas de salud.

Las declaraciones de Sheinbaum se dan luego de que el martes el Comité de Evaluación del Poder Judicial suspendió funciones para acatar resoluciones emitidas en juicios de amparo contra leyes secundarias de la Luego de que se diera a conocer que el Comité de Evaluación del Poder Judicial de la Federación suspendió las actividades relacionadas con la elección de jueces, los comités del Ejecutivo y Legislativo anunciaron que continuarán con el proceso que forma parte del Poder Judicial.

Comité suspende funciones

En cumplimiento a una suspensión de amparo, el Comité de Evaluación del Poder Judicial de la Federación frenó el martes los procesos de la elección judicial de junio próximo. reforma judicial.

El comité está en plena depuración de perfiles para presentar las candidaturas a cargos judiciales, en la elección programada para el primer domingo de junio.

Se argumentó que un juzgado de Michoacán emitió una suspensión definitiva que deja sin efecto las leyes secundarias de la reforma judicial.

La suspensión indica que si no se atiende la orden se aplicará multa de 107 mil pesos a cada uno de los integrantes de los comités.

Llaman a desacato

El exministro Arturo Zaldívar y líderes de Morena en el Congreso anunciaron que, por el contrario, seguirán adelante con la selección de aspirantes.

Ricardo Monreal, coordinador de Morena en el Senado, afirmó que el Poder Legislativo continuará con el proceso que forma parte de la reforma judicial. Su postura se suma a la expresada por Gerardo Fernández Noroña, presidente de la Mesa Directiva del Senado.

En sus redes sociales, el presidente de la Junta de Coordinación Política (Jucopo) en la Cámara de Diputados, explicó que el Poder Legislativo seguirá con la elección de jueces y magistrados ya que no proceden los amparos concedidos en materia electoral.

Fernández Noroña, a su vez, informó que las personas juzgadoras que deseen participar en el proceso de elección lo podrán hacer en el Comité de Evaluación del Poder Legislativo.

Para el Comité de Evaluación del Poder Legislativo Federal, suspender el proceso electoral 2024-2025 para elegir a ministros, magistrados y jueces, resulta “jurídicamente imposible”.

No existe ningún poder que medie

La suspensión dictada por el juez Sergio Santamaría Chamú “es notoriamente improcedente e inatendible, porque viola los derechos políticos electorales a ser votados de los aspirantes que fueron registrados en tiempo y forma”, establece el Comité, de acuerdo con un comunicado del Senado de la República.

Esta decisión, agregó, “también trastoca los principios que rigen la materia electoral, es decir, la certeza, legalidad, independencia, imparcialidad, objetividad y máxima publicidad, lo que representa un atentado a los derechos humanos de las personas participantes que tienen el derecho a ser votadas”.

El Comité consideró que existe una incompetencia de origen, ya que la Suprema Corte de Justicia de la Nación ha sostenido el criterio de que la Autoridad Judicial no debe intervenir para resolver cuestiones electorales que incumben constitucionalmente a otros poderes.

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