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Avala Movimiento Ciudadano endurecimiento de penas por matrimonio infantil en Guerrero

La diputada Erika Lorena Lührs Cortés explicó que las penas aumentarán a la mitad en su mínimo y máximo cuando la víctima sea de origen indígena o afromexicano

La diputada Erika Lorena Lührs Cortés

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El Congreso Local aprobó por unanimidad una adición al Código Penal del Estado de Guerrero para incrementar las penas de cinco a 15 años de prisión a quienes cometan el delito de matrimonio infantil.

Al fundamentar el dictamen, la diputada Erika Lorena Lührs Cortés, secretaria de la Comisión de Justicia, señaló que se adiciona un cuarto párrafo al artículo 177 Bis, estableciendo que las penas aumentarán a la mitad en su mínimo y máximo cuando la víctima sea de origen indígena o afromexicano.

Recordó que la iniciativa fue presentada por la diputada Araceli Ocampo Manzanares con el propósito de erradicar el matrimonio infantil y garantizar el pleno desarrollo de niñas, niños y adolescentes, mediante un marco legal que prohíba la cohabitación forzada y proteja a menores de edad.

La Comisión de Justicia valoró un análisis y concluyó que el objetivo de eliminar esta práctica del matrimonio infantil, con sanciones ejemplares, busca garantizar el derecho a la salud, la educación, la libertad, una vida digna y libre de violencia para este sector, indicó la legisladora emecista Lührs Cortés.

Recordó que, desde 2022, se adicionó el Título Cuarto de Delitos contra el Libre Desarrollo de la Personalidad y el artículo 177 Bis de cohabitación forzada, con la finalidad de sancionar el matrimonio infantil.

Explicó que, según estadísticas del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI), en México, adolescentes indígenas de entre 12 y 17 años han contraído matrimonio o se encuentran en situación de unión conyugal.

Erika Lührs Cortés señaló que la Comisión dictaminadora “no encontró presunción ni elementos que contravengan la Constitución Mexicana, la Constitución de Guerrero o tratados internacionales de los que México sea parte”.

El decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación y será remitido a la titular del Poder Ejecutivo para su publicación en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado.

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