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El Congreso del Estado de Guerrero aprobó una reforma al artículo 304 Bis del Código Penal local para sancionar a servidores públicos que difundan información confidencial relacionada con delitos y víctimas. La medida busca proteger la dignidad y privacidad de las personas afectadas, prevenir el uso sensacionalista de datos sensibles y garantizar el respeto a los derechos humanos. La reforma se aplicará a funcionarios de los poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial, así como a personal de ayuntamientos, órganos autónomos y cualquier persona que desempeñe un cargo público. Entre las conductas sancionadas se incluyen la reproducción, difusión, publicación o entrega de imágenes, audios, videos, documentos, evidencias y datos reservados del lugar de los hechos o de las víctimas. Las sanciones establecidas contemplan penas de prisión de 2 a 6 años y multas de entre 100 y 300 veces el valor de la Unidad de Medida y Actualización (UMA). En casos graves, como la difusión de imágenes de cadáveres de mujeres, niñas o adolescentes, las penas podrían ser más severas. La declaración institucional destaca que las víctimas merecen respeto, protección y justicia, evitando que su dolor sea tratado como un objeto de consumo público.